Spanish Visas and Residency
Las normas que rigen la facilidad para trasladarse a España a tiempo completo o para pasar una temporada aquí como visitante de corta duración dependen en gran medida de si eres ciudadano de la UE o no. Aquí tienes una guía rápida para ayudarte a entender tus opciones:
Visados españoles
Visados españoles
Visados españoles
Visados españoles

Ciudadanos de la UE
España es un miembro de pleno derecho de la Unión Europea (UE), lo que significa que comparte derechos recíprocos con todos los demás Estados miembros. Los nacionales de todos los Estados miembros están clasificados como ciudadanos de la UE, lo que les da derecho a viajar sin fronteras desde y hacia España (o cualquier otro país dentro del Espacio Schengen, que incluye la mayor parte de la UE).
Los propietarios de segundas residencias que sean ciudadanos de la UE, por ejemplo, franceses, alemanes, holandeses o belgas, pueden visitar su propiedad en España sin restricciones. Deben registrarse como residentes si permanecen en España más de tres meses en un solo viaje. Cualquier persona que pase más de un total de seis meses (183 días o más) en España durante un año natural debe declararse residente fiscal aquí.
Como parte de la política de libre circulación de la UE, todos los ciudadanos de la UE tienen derecho a trasladarse a España para vivir, trabajar, estudiar, buscar trabajo o jubilarse. Deben solicitar la residencia después de llegar y habrá condiciones dependiendo de su estatus (prueba de ingresos/seguro médico).

Ciudadanos suizos y del EEE
Los derechos de libre circulación y establecimiento de los ciudadanos de la UE mencionados anteriormente se extienden a los ciudadanos suizos y a los ciudadanos de otros tres países que no son miembros de la UE pero que forman parte del Espacio Económico Europeo (EEE), a saber, Noruega, Liechtenstein e Islandia.

Ciudadanos británicos
Los derechos de libre circulación y establecimiento de los ciudadanos de la UE mencionados anteriormente se extienden a los ciudadanos suizos y a los ciudadanos de otros tres países que no son miembros de la UE pero que forman parte del Espacio Económico Europeo (EEE), a saber, Noruega, Liechtenstein e Islandia.
Tal y como están las cosas, los ciudadanos británicos que viajen a España pueden permanecer hasta 90 días en un periodo de 180 días sin necesidad de visado. Los 90 días pueden ser una estancia larga o varias visitas más cortas. A modo de orientación, esto significa que los propietarios británicos pueden pasar un total de seis meses en su casa de vacaciones en España repartidos a lo largo de un año, sin que ninguna visita exceda los tres meses y con el intervalo de tiempo adecuado entre viajes. Para permanecer más tiempo se requiere un visado.
Para los ciudadanos británicos que deseen trasladarse a España de forma permanente, el proceso actual es el mismo que para cualquier otro ciudadano no perteneciente a la UE. Esto significa que deben solicitar un visado para obtener un permiso de residencia. La opción más adecuada para jubilados y prejubilados es el visado no lucrativo, que es renovable al cabo de un año y, posteriormente, cada dos años (antes de poder solicitar la residencia permanente). Con este visado, los solicitantes deben disponer de medios económicos para mantenerse y no se les permite trabajar.
O existe la Golden Visa, un tipo de visado de inversión que otorga el estatus de residencia a los ciudadanos no pertenecientes a la UE que realizan una transacción inmobiliaria por valor de al menos 500 000 € (o invierten en otras entidades financieras específicas). Otras opciones incluyen el visado de estudiante y el visado de trabajo.
Los ciudadanos británicos que solicitaron la residencia en España antes del 31 de diciembre de 2020 no tienen nada de qué preocuparse: conservan los derechos de libre circulación y residencia que se les concedieron cuando tenían la condición de ciudadanos de la UE. Si vivía en España antes de finales del año pasado pero no se registró para obtener la residencia, no es demasiado tarde para presentar una solicitud siempre que tenga documentación que demuestre que vivía aquí.

Otros ciudadanos no pertenecientes a la UE
Al igual que los ciudadanos británicos, otros ciudadanos no pertenecientes a la UE están sujetos a la norma de inmigración de 90/180 días cuando visitan España, y muchos nacionales requieren un visado Schengen incluso antes de entrar en el país. Los sudafricanos y los chinos, por ejemplo, requieren un visado, mientras que los estadounidenses y los canadienses no lo necesitan. Una vez aquí, las opciones de visado para la residencia son las mismas que las de los ciudadanos no pertenecientes a la UE, tal y como se ha indicado para los británicos.

El proceso de Visa – Cómo puede ayudar HomeEspaña
HomeEspaña Los asesores podrán analizar sus necesidades específicas y explicarle con más detalle las opciones que tiene a su disposición. Si necesita más asesoramiento, podemos recomendarle representantes legales especializados que le ayudarán con sus planes de visado. Puede enviarnos un correo electrónico a info@homeespana.com o utilizar nuestro formulario de contacto >
Para obtener más información sobre los pasos para comprar una propiedad en España, hemos recopilado esta breve guía adicional: Proceso de compra en España.
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